Manejar alcoholizado tendrá sanciones más duras

Ayer el Congreso votó la ley que endurece las sanciones para aquellos conductores que manejen alcoholizados o superando las velocidades máximas permitidas. También considera un agravante abandonar a las víctimas en la calle.

El proyecto, impulsado por la organización Madres del Dolor, recibió 197 votos positivos. En el texto, la ley determina que la pena de prisión será de tres a seis años para los conductores que «se dieren a la fuga o no intentasen socorrer a la víctima, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre -para conductores de transporte público- o un gramo por litro de sangre en los demás casos». También pena el «exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho».

En la Argentina, según las estadísticas, 25 personas mueren cada día por siniestros viales. A partir de la sanción de la ley, no podrá obtener la excarcelación quien provoque la muerte de una o más personas y se dé a la fuga, maneje a un 30% más de la velocidad máxima permitida o tenga 0,5 gramos de alcoholo por litro de sangre (profesionales) o 1 gramo por litro de sangre (particulares). Además, la norma estipula penas de tres años o más. Y también considera agravante el hecho de huir de la escena del accidente y abandonar a la víctima.

Hasta ahora, la mayoría de los conductores que provocan estas tragedias terminaban en libertad, ya que la mayoría conseguía la calificación de delito culposo y, por lo general, las penas no superaban los tres años.

En el texto la ley determina que la pena de prisión será de tres a seis años para los conductores que «se dieren a la fuga o no intentasen socorrer a la víctima, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos miligramos por litro de sangre -para conductores de transporte público- o un gramo por litro de sangre en los demás casos». También pena el «exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho».

El Congreso votó de esta manera un proyecto consensuado con los familiares de víctimas, desconociendo modificaciones realizadas en el Senado.

Si bien la ley tuvo un amplio apoyo, con sólo un voto en contra (de Juan Carlos Giordano, diputado de la Izquierda Socialista – Frente de Izquierda) y cuatro abstenciones, las Madres del Dolor batallaron durante doce años para lograr esta norma. En mayo de 2015 había tenido una media sanción en Cámara de Diputados; sin embargo no logró avanzar en el Senado.

Fuente: NotiTDF

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