El abogado Gustavo Ariznavarreta, defensor del juez penal de Ushuaia, Andrés Leonelli, explicó con detalle y contundencia por qué la Cámara rechazó el peritaje de los celulares del magistrado y cuestionó duramente los procedimientos que, según él, rozan la invasión a la intimidad y el abuso procesal.
El abogado explicó que hizo la Cámara fue hacer lugar a «una apelación nuestra donde solicitábamos que, como ya se conocía por prueba remitida al juzgado de instrucción N°2 de Río Grande, las fotos que encontraron en la nube que subió Leonelli y desde su casa, desde su máquina del Poder Judicial, provenían de aquella intervención que tuvo como juez en el año 2016 en Río Grande”, relató Ariznavarreta. Y detalló: “Coincidían las 53 fotos, una por una, con aquel archivo que era una causa que instruyó como institución”.“Él estuvo entre el 2015 y el 2017 en Río Grande, a cargo del Juzgado de instrucción N°2. Y en ese marco funcional fue que se abrieron las fotos con acta tratada por la secretaria en su momento atuante, también se abrieron esas fotos en la máquina de Leonelli y se analizó la prueba para después seguir adelante con la investigación penal que se llevó adelante”, relató Ariznavarreta, subrayando el contexto judicial y la formalidad con la que se manejó la evidencia.
El letrado remarcó que, al dejar su cargo en Río Grande, el juez realizó un respaldo de su trabajo: “cuando él se va de Río Grande, hace un backup de información del trabajo de él”, y explicó que eran sentencias de las cámaras, sentencias del Supremo Tribunal y propias, dictámenes. “Todo lo que hacemos quienes hemos estado en el trabajo del Poder Judicial y uno tiene una fuente de datos, información para después trabajar distintas cosas, en ese volumen enorme se guardaron estas fotos, entre otras fotos en carpetas que quedaron 9 años u 8 años en la computadora de Lionelli. Cuando tuvo que cambiar todo para cambiar esa máquina, creo que era el fin que tenía, la subió a la nube y ahí apareció”.
En ese marco, entonces “le decimos a la jueza de instrucción de Ushuaia: si la jueza ya tiene acreditado acá, a través de qué máquinas y en qué marco él tenía esas fotos”. Por lo tanto, “no tiene sentido que se periten el resto de los teléfonos celulares, a excepción de uno que había sido indicado por la policía como vinculado con información. El teléfono Motorola, al cual lo elegí inmediatamente cuando fue llamado, dio la clave, se editó, se revisó y no había ningún tipo de vinculación o de contenido vinculado al objeto investigado”.
El abogado fue más allá y defendió la privacidad de su cliente: “Entonces quedaban una gama de teléfonos viejos, algunos de y de su señora que les pedimos. Si usted tiene que el teléfono o el medio electrónico por el cual se subió. Esto es una computadora que está para ser peritada y que el teléfono que la policía le había indicado que estaba vinculado a su computadora fue peritado y no tiene nada, para qué tiene que peritar el resto de los aparatos y el objeto Usted ya lo tiene claro por otra vía, devuélvamelo, porque eso implicaría meterse en mi intimidad, como se hace, con cual yo haría con cualquier persona que estoy asistiendo”.
El abogado destacó la decisión de la Cámara: “La cámara hizo lugar a nuestra apelación y ordenó que se le restituya ese teléfono porque ya no valía como objeto de prueba de nada”.
Además Ariznavarreta denunció que la defensa no fue notificada para estar presente en la apertura de otro de los teléfonos secuestrados, lo que, en sus palabras, “es lo que se llama romper la cadena de custodia de una prueba”. Por eso, la Cámara declaró la nulidad de esa pericia “por un vicio procesal y porque justamente al producirse una rotura de la cadena de custodia de la prueba, de cualquier tipo de prueba que puede ser irreproducible, como por ejemplo cuando se abre un teléfono celular… ocurre con bastante frecuencia que se rompe la información, se pierde la información, entonces es irreproducible”.
El defensor también comparó el caso con otros similares que involucraron a policías: “A los policías se les pidió explicaciones y las dieron, explicaron que estaban trabajando en investigaciones de este tipo… No se secuestró ningún teléfono. Ustedes están enterando esto porque lo estoy contando yo, que eso pasó. No pasó nada sin haber sido absolutamente claro, porque con Leonel se tuvo que actuar de otra manera. No sé por qué”.
Consultado sobre posibles motivaciones ocultas o “vendettas” dentro del Poder Judicial, Ariznavarreta fue cauto pero no ocultó su desconcierto: “Me llama la atención y me parece muy sugestivo que al día de hoy no esté resuelta la causa con la prueba ya proveída traída desde Río Grande… No sé qué más tiene que ser, la prueba está”.
Sobre la interpretación del delito de tenencia de material prohibido, fue categórico: “El famoso artículo 128 dice que cometo el delito cuando yo tengo eso a sabiendas que el origen de eso es ilícito… Si el ‘a sabiendas’ no está presente acá, esto lo tiene que resolver, o sea, terminarlo. Porque se están abriendo otras conjeturas, otras cosas. Cuando Leonel se opone a que, estando establecida la prueba, se sigan metiendo en su intimidad, revisando a ver qué tienen los teléfonos, esto ya roza otra cosa… que no tiene que ver con la búsqueda de la verdad judicial”.
El abogado defendió la privacidad y los derechos individuales: “Yo no tengo que demostrar que otro me está acusando de algo. No lo tengo que demostrar, no: que lo pruebe él. Yo no hice. Y las pruebas se hacen con pruebas legales para Donnelly, para cualquiera. Si el Estado sale a probar cosas de manera ilegal vamos a tener un problema comunitario y social muy grande, porque el Estado no puede valerse de lo ilegal”.
Para Ariznavarreta, la Cámara actuó correctamente y la defensa fue clara: “La Cámara nos dio la razón. Entonces, cuando a uno le dan la razón, parece que si no es lo que el otro opina, entonces están todos equivocados. Y no. No podríamos ejercer la profesión si pensáramos que cada vez que nos sale una sentencia en contra de nuestro interés, todos los demás no saben nada”.
Finalmente, sobre la posibilidad de apelar la decisión de la Cámara, aclaró: “La jueza no puede apelar porque no es parte. La parte son el fiscal que acusa y, en mi caso personal, yo que defiendo… El fiscal estuvo presente en la medida policial… y obviamente toda esa información sé yo que fue la orden que dio la Cámara a instancia del pedido que hice sobre ese punto”.
Con un cierre cargado de humanidad y sentido común, Ariznavarreta resumió: “Yo tengo derechos que si no los hago valer, no los hace valer nadie. El sistema penal se mete en mi vida y yo no le pongo límite, hace cualquier cosa. No, yo tengo en mi teléfono celular información que no quiero compartir con los demás. No tienen por qué saberlo otros, salvo que esté vinculado a una causa”.
La entrevista deja al descubierto no solo los vericuetos de una causa judicial compleja, sino también la tensión entre el derecho a la intimidad y la búsqueda de la verdad, en un proceso donde la palabra y la confianza en la justicia se ponen a prueba a cada paso.






